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Un profesional sanitario es cualquier profesional de la salud (por ejemplo, un médico, una enfermera o un farmacéutico) que posee la oportuna titulación oficial.
Los profesionales sanitarios poseen conocimientos, habilidades y actitudes propias de la atención de salud, se organizan por medio de colegios profesionales oficialmente reconocidos por los poderes públicos y deben estar en posesión del correspondiente título oficial que habilite expresamente para ello, ya trabajen por cuenta propia o ajena.
En España se reconoce el derecho al libre ejercicio de las profesiones sanitarias, con los requisitos previstos en la Ley y en las demás normas legales que resulten aplicables, en línea con los artículos 35 y 36 de la Constitución de 1978.
Tipos de profesionales sanitarios*
De nivel licenciado: médicos, farmacéuticos, Odontólogos, Veterinarios y Especialistas en Ciencias de la Salud.
De nivel diplomado: enfermeras y enfermeros, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, podólogos, ópticos y optometristas, logopedas, profesionales de la nutrición humana y dietética y todos aquellos titulados oficiales como especialistas en Ciencias de la Salud.
Aparte, la Ley* habla de profesionales del área sanitaria de formación profesional, los cuales se estructuran en los siguientes grupos:
De grado superior: quienes ostentan los títulos de Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citología, en Dietética, en Documentación Sanitaria, en Higiene Bucodental, en Imagen para el Diagnóstico, en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, en Ortoprotésica, en Prótesis Dentales, en Radioterapia, en Salud Ambiental y en Audioprótesis.
De grado medio: quienes ostentan los títulos de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería y en Farmacia.
Los profesionales sanitarios desarrollan, entre otras, funciones en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de gestión clínica, de prevención y de información y educación sanitarias.
Derechos y obligaciones de los profesionales sanitarios Los profesionales sanitarios tienen una serie de derechos y obligaciones frente al sistema sanitario y a los pacientes.
* Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias |