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En materia de telecomunicaciones, un operador telefónico es cualquier empresa legalmente constituida que cuenta con las licencias, permisos y garantías exigidas por Ley para ejercer actividades de telefonía con consumidores finales personas físicas u otras personas jurídicas (administraciones, empresas, organismos, etc.).
La Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, instauró en España un régimen plenamente liberalizado en la prestación de servicios y el establecimiento y explotación de redes de telecomunicaciones, abriendo el sector a la libre competencia entre operadores. En poco tiempo surgieron muchos operadores de telefonía que facilitaron nuestra capacidad de elección como usuarios de telecomunicaciones.
Posteriormente, la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones abrió más la competencia de este sector, ampliando el catálogo de derechos de los consumidores personas físicas, garantizando el servicio universal de telecomunicaciones, y velando por la libre competencia y aplicación de la norma a través de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). |