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  Diccionario Publicado el 24/10/2009 - 01:15  

No conformidad

Por Eva Tamames  |    Colabora |    3239 Vistas |    2 Comentarios  |  Twitter Facebook

El vendedor responde de la no conformidad que pueda darse tras la entrega del producto

Consumidora tranquila porque su compra tiene garantía en caso de no conformidad del bien comprado

La conformidad de un bien es su adecuación normal a las condiciones de uso por parte del consumidor que lo haya adquirido para su uso en condición de comprador.

Es precisamente la falta de conformidad del bien o su no conformidad para el uso al que es destinado la que genera la obligación del vendedor, importador o fabricante de reparar el bien para restituirlo a su condición original, sin coste para el comprador.

El derecho de garantía (legal) cubre al consumidor de la falta de conformidad de los bienes adquiridos durante los dos primeros años tras la compra.

El consumidor puede, además, contratar una garantía adicional y complementaria posterior al vencimiento de la garantía legal: la extragarantía.

 


etiquetas: Conformidad, Garantía legal, Garantía comercial, Extragarantía,
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PRODUCTO DEFECTUOSO
silvia (zaragoza) | 14 enero 2011 | 15:07
compré un portatil y tras comentar al vendedor una incidencia me remitió al servicio técnico; tras mes y medio de espera me enviaron un modelo diferente de portatil, y esto me está trayendo problemas, este portatil nuevo no funciona y la tienda no se quiere hacer responsable pq me dice que no es el que ellos me vendieron; me gustaría que me aconsejaran sobre el camino a seguir; por lo que me ha dicho la oficina de consumo de mi localidad, el vendedor es el pleno responsable. Y por lo que acabo de leer en su web sobre consejos prácticos, creo que se puede confirmar. Agradecería un asesoramiento. gracias

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LG no cumple
Jose (Madrid) | 20 septiembre 2010 | 10:34
Esta es la respuesta obtenida de LG. En resumen, si lo que vendieron no funciona no cabe alegar falta de conformidad. es que tiene una avería(¿¿??). Estimado usuario, Antes de nada pedirle disculpas por la demora en la respuesta, pero debido a las fechas en las que estamos no me ha sido posible realizarlo antes. Respecto a su escrito, indicarle que estamos totalmente de acuerdo con el contenido, y le damos la razón en que, aplicando las normativas citadas (Art. 120 del RDLvo. 1/2007 de 16 de noviembre (en adelante ‘La Ley’), que señala que “La reparación y la sustitución…Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales”), y, en el caso de una falta de conformidad, deberíamos ir nosotros a solucionarlo sin cargo alguno para usted. Sin perjuicio de lo anterior, indicarle que de su escrito no se desprende que su aparato tenga una falta de conformidad, lo que se desprende es que tiene una avería, y por tanto, las normas anteriormente citadas no son de aplicación, y por tanto nos remitimos a la garantía comercial, y en los términos y condiciones expuestos en la tarjeta de garantía, tarjeta que suponemos usted dispone. Atentamente,

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