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Una estación de servicio es una instalación dedicada a la venta al público (al por menor) de carburantes y combustibles petrolíferos a granel por medio de surtidores, a cambio de un precio y que distribuye, según la ley* tres o más productos diferentes de gasolinas y gasóleos de automoción.
Las instalaciones donde radiquen las gasolineras están sujetas a una autorización previa para desarrollar esta actividad y en las condiciones establecidas reglamentariamente. Corresponde a las Comunidades Autónomas el otorgamiento, mediante resolución motivada, de las autorizaciones.
Tipos de gasolineras El Real Decreto 1905/1995* hace una clasificación de las instalaciones de venta al público en su artículo 2, dividiéndolas en estaciones de servicio y unidades de suministro según sus servicios:
"Aquellas instalaciones destinadas a la venta al público de gasolinas, gasóleos y lubricantes, que distribuyan tres o más productos diferentes de gasolinas y gasóleos de automoción, deberán disponer de los aparatos necesarios para el suministro de agua y aire, ubicados dentro del recinto de la instalación, teniendo la consideración de estaciones de servicio.
Las que distribuyan menos de tres productos diferentes de gasolinas y gasóleos de automoción se considerarán unidades de suministro".
* Real Decreto 1905/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento para la distribución al por menor de carburantes y combustibles petrolíferos en instalaciones de venta al público. |