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Según la Ley* son enfermeros especialistas, aquellos enfermeros (Diplomados Universitarios en Enfermería o su equivalente reconocidos u homologados en España) que cuentan con una formación en cualquiera de las siguientes especialidades:
Enfermería obstétrico-ginecológica (matrona),
Enfermería de salud mental,
Enfermería geriátrica,
Enfermería del trabajo,
Enfermería de cuidados médico-quirúrgicos,
Enfermería familiar y comunitaria,
Enfermería pediátrica.
Para acceder a estas especialidades y conseguir la titulación de enfermero especialista, los enfermeros tienen que superar una prueba anual, única y simultánea de carácter estatal, que ordena a los aspirantes de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, y una vez admitidos, por un periodo de formación por el sistema de residencia en unidades docentes acreditadas para la formación especializada (se llaman enfermeros residentes).
* Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de enfermería |