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Un Cónsul es un cargo que recibe un funcionario por parte del estado para ejercer una función consular en el extranjero.
Los Cónsules en España dependen del Ministerio de Asuntos Exteriores quien encarga al cónsul la tarea de asistir a sus compatriotas en tareas jurídico-administrativas así como asistenciales en casos límite.
Entre otros servicios, los Consulados facilitan:
la tramitación de documentos oficiales (pasaportes, visados, etc.)
orientaciones para su defensa en caso de necesitarlo,
legalización de documentos oficiales (cuando existe esa posibilidad),
gestión del Registro Civil Consular
El artículo 12 de la Ley del Registro Civil* dice respecto de los cónsules:
Los cónsules extenderán por duplicado las inscripciones que abren folio en el Registro a su cargo, uno de cuyos ejemplares será remitido al Registro Central para su debida incorporación. En uno y otro Registro se extenderán en virtud de parte, enviado por conducto reglamentario, todas las inscripciones marginales que se practiquen en cualquiera de ellos.
Los cónsules extenderán por duplicado las inscripciones que abren folio en el Registro a su cargo, uno de cuyos ejemplares será remitido al Registro Central para su debida incorporación. En uno y otro Registro se extenderán en virtud de parte, enviado por conducto reglamentario, todas las inscripciones marginales que se practiquen en cualquiera de ellos.
* Ley de 8 de junio de 1957, sobre el Registro Civil |