¿Puedo consumir palomitas y bebidas en el cine traídas de fuera?

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¿Puedo consumir palomitas y bebidas en el cine si las traigo de fuera? En el cine me dicen que no y me señalan un cartel que lo prohíbe.

Esta es una pregunta que nos hacemos los usuarios de la sala de cine desde hace años, ante lo caro que resulta comprarlos dentro de los cines, cosa que estos saben y aprovechan para clavárnosla con menús por entre 5 y 10 euros que en un supermercado, sueltos, no pasarían de 2 euros.

Las asociaciones de consumidores tienen la respuesta: por supuesto.

FACUA tiene abiertas desde hace bastante tiempo denuncias ante los Servicios de Consumo de varias Comunidades Autónomas contra varias salas de cine en España (Cinesa Xanadú Alcobendas, Kinépolis Madrid y Pontevedra Cinexpo en Galicia).

En concreto por no permitir a los usuarios consumir bebidas y alimentos traídos desde fuera, ya que el servicio de bar o restaurante no es el principal al que se dedican.

Denuncian que las salas exhiben grandes carteles con una advertencia (de dudosa legalidad) donde se puede leer:

ESTE ESTABLECIMIENTO DISPONE DE BAR Y ESTA DADO DE ALTA EN EL EPIGRAFE 674.6 DEL IAE
(servicios de café-bar en teatros y demás espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo).
EN CONSECUENCIA NO PUEDEN SER CONSUMIDAS EN SU INTERIOR OTRAS COMIDAS O BEBIDAS QUE LAS
QUE SE SIRVEN EN DICHO BAR

Este cartel tiene poco fundamento jurídico y es confuso. Es más, pretende apoyarse en una obligación fiscal (la de cotizar en el IAE por la actividad de bar), para amedrentar a los usuarios para que no traigan bebidas de fuera, que no guarda ninguna relación.

Cuenco lleno de palomitas de maíz, cristal, vajilla
Palomitas de maíz como las del cine

Por qué no se puede poner este cartel

Alega FACUA que no permitir la entrada en el cine con comida y bebida traída de fuera mediante un cartel de prohibición, es una práctica abusiva y que el texto del cartel que utilizan las salas de cine, sería una cláusula abusiva según la definición de la Ley de consumidores vigente en nuestro país**.

El artículo 82.1 de esta Ley reconoce como abusivas las cláusulas que causen

«un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato«.

Recuerda la asociación que la medida de no permitir alimentos sólo tiene sentido si se tratase de un bar o de un restaurante, ya que sus normas prohiben traer alimentos de fuera, pero como la actividad principal de las salas de cine es la exhibición de películas, y por tanto no es la de prestar un servicio de restauración, no se puede exhibir ese cartel.

Qué dice la normativa

Como muestra, valga por ejemplo, la normativa de restaurantes y bares en Castilla y León* (data de abril de 2016), que enumera en su Artículo 29 las obligaciones de los clientes de los servicios de restauración:

a) No alterar la convivencia y las normas internas de acceso y permanencia, pudiendo requerir el titular del establecimiento de restauración, o el personal que presta sus servicios en el mismo, la asistencia de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

b) No consumir otras comidas o bebidas que las que se sirvan en los establecimientos de restauración, salvo autorización del titular del establecimiento.

c) No utilizar los aseos u otras instalaciones de los establecimientos de restauración por las personas que no sean clientes, salvo autorización del titular del establecimiento.

Por tanto, llevar comida y bebidas desde fuera en una sala de cine no estaría sujeto a la normativa de establecimientos de restauración ya que la normativa que prevalece en estas es la de las salas de cine (exhibición cinematográfica).

Los cines se retractan

FACUA ya logró en febrero de 2015 que los Cines Ábaco de San Fernando (Cádiz) retirasen el cartel en el que se indicaba la prohibición de entrar con alimentos y bebidas adquiridos fuera de las instalaciones.

También denunció a Cines Dreams Palacio de Hielo de Madrid por no permitir la entrada en sus instalaciones con alimentos o bebida adquirida en el exterior, alegando que como avisaban mediante un cartel que dicho establecimiento «dispone de bar» propio, no se podía traer nada.

Sería mucho más interesante bajar estos precios de las palomitas y bebidas en las salas de cine que intentar prohibirlo mediante carteles abusivos

Consumoteca opina

Para Consumoteca, es legítimo para una sala de cine, ya de por sí perjudicadas por la caída de audiencia progresiva que Internet y la digitalización han traído los últimos 20 años, intentar obtener ingresos de actividades secundarias como el servicio de bar.

Ahora bien, la estrategia utilizada de subir los precios de artículos (palomitas, coca-cola, etc.) exageradamente para garantizarse pingües beneficios al tiempo que exhibir carteles que nos recuerdan la prohibición de traerlos de fuera está fuera de todo lugar, no va con los tiempos, que obligan a jugar «transparente» en beneficio del usuario siempre y es una práctica abusiva.

Los usuarios no tenemos por qué pagar estas prácticas descompensadas: como por el cine no gano tanto como me gustaría, ahora te obligo a pasar por mi bar y te la clavo bien clavada, exhibiendo un cartel de prohibición. Sin duda la solución pasaría por bajar los excesivos precios de su servicio de bar y vender mucha más cantidad.

Bien hecho por FACUA, que invita a los usuarios que acudan a cualquier sala de cines en las que se exhiba dicha prohibición a que lo denuncien a la asociación por práctica abusiva.

Normativa relacionada

* Decreto 12/2016, de 21 de abril, por el que se regulan los establecimientos de restauración en la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 25 de abril de 2016).

**Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementaria (ver online).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. pher

    Agustin Plaza acaba de soltar aquí una gilipollez como un trolebus. A ver si vuelve a releerse el artículo, porque no se si se ha enterado realmente de lo que dice: los cines no te dejan entrar con comida de fuera de sus instalaciones, pero sí permiten que entres con los productos que en sus instalaciones te venden. Aquí nadie está hablando de si es más o menos lógico comer en una sala de cine. Así que, si lo que sucede es que a él particularmente le resulta molesto este aspecto, que deje de aprovechar aquellas opiniones que no tienen nada que ver con sus obsesiones esquizoides para intentar meter zascas a la gente, y que se meta el dedo indice por el culo hasta que este no sea visible.

    ¿Que tendra que ver el cine con el teatro? El cine se consume de manera totalmente diferente, el medio que en el se reproduce es en diferido, y se ha permitido comer en el cine desde casi los inicios de las primeras salas.

    Para colmo, si tenemos en cuenta que cada persona que nos rodea es un mundo y tiene sus propios problemas, los cuales ignoramos, existen aquellas personas obligadas a mantenerse con dos trabajos, de lunes a sabado, que pueden terminar perfectamente su jornada sobre las 9.30~10.00 horas. Si ellas quieren ir al cine, no tienen más remedio que acudir justo tras terminar la jornada, y lógicamente necesitaran cenar algo, por lo que tendran que comer mientra ven su pelicula tranquilamente. Pero claro, esto no puede ser, no puede ser porque molestan al bueno de Agustin al masticar y menear las bolsas de patatas, y se ve que también huele los pestiños a kilometro, por lo que te va a poder oler hasta el gaznate. No va a poder ser, así que o va al cine ya cenada el domingo o no va. Porque claro, si quieres merendar, te tienes que ir al bar. Ya de paso, que decida eliminar los refrigerios de todos los espectaculos, futbol, baloncesto…

    Hay cosas que me son mas molestas que esa chorrada, y sin embargo no me quejo. No porque no estamos hablando de invasion del espacio vital ni de la intimidad ni nada parecido, son simplemente detalles que particularmente molestan a algunos. Y si vamos a tener que aceptar prohibiciones tajantes y absurdas por una panda de susceptibles, vamos dados. Si tanto le molesta la gente que come en el cine, que se vaya el al bar y que luego se alquile la peli. Gilon

  2. Agustin Plaza

    ¿Han probado a ver una película con un joven al lado comiendo patatas fritas con curry, con cebolla o barbacoa?
    Además del ruido, de la bolsa metalizada y del masticado correspondiente, el olor es insoportable.

    Si quieres merendar vete a un bar. ¿A que en los teatros no se come? Pues en los cines tampoco debería permitirse, ni del bar del cine (que usa envases no ruidosos) ni las sonoras bolsas de las tiendas de la calle.

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