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Recogí una prenda de una tintorería pasados dos meses y la tintorería me cobró un suplemento en concepto de guardarropa. ¿Es legal que cobren este suplemento?
No. Las tintorerías solo pueden cobrar una cantidad en concepto de guardarropa o conservación si la prenda no se recoge antes de los 3 primeros meses.
Además, si el importe del concepto de guardarropa no figura en un lugar visible al público, tampoco podrán cobrarlo. |