El franquiciado es el beneficiario del contrato de franquicia
El franquiciado es el beneficiario del contrato de franquicia, que tiene derecho a explotar para su propio beneficio en un área geográfica determinada y en las condiciones pactadas con el franquiciador la comercialización de productos o servicios, al uso de sus marcas, distintivos, etc.
A cambio, debe pagar al franquiciador un canon, que puede ser inicial o de entrada (por entrar a funcionar) y periódico, sobre las ventas que vaya haciendo.
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