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No, en principio, salvo que se trate de una compra a distancia (por teléfono, Internet o catálogo), un comercio tradicional en el que el consumidor y el tendero contratan mano a mano, no está obligado a admitir devoluciones tras una compra (salvo que el producto comprado esté defectuoso, en cuyo caso debería repararlo, entregarnos uno nuevo igual, otro similar o mejor por el mismo precio, o devolvernos el importe).
En principio, los comercios no están obligados a aceptar devoluciones de productos, salvo por defecto (no conformidad). |