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  Preguntas frecuentes Publicado el 3/12/2009 - 23:46  

¿Es legal que no me cambien un reloj defectuoso comprado en un mercadillo?

Por María  |    Colabora |    615 Vistas |    1 Comentarios  |  Twitter Facebook

Los titulares de puestos en los mercadillos deben disponer de hojas de reclamaciones

Venta ambulante o no sedentaria de -inspiraciones- de relojes de primeras marcas (San Javier - Octubre 2009)

Compré un reloj en un mercadillo y al día siguiente dejó de funcionar. Fui al puesto a que me lo cambiaran, pero se negaron y tampoco me dieron hojas de reclamaciones. ¿Tengo derecho a reclamar algo?

Sí. El comercio está obligado a arreglarlo o a cambiarlo por otro.

-Todos los establecimientos comerciales, permanentes o no, incluidos los mercadillos, deben disponer de hojas de reclamaciones.

-En caso de que se nieguen a dártelas, no dudes en llamar a la Policía Municipal, que levantará acta de lo sucedido.

También puedes presentar tu reclamación en tu oficina municipal de información al consumidor (OMIC) o en la Dirección General de Consumo de tu comunidad autónoma.


etiquetas: Establecimiento comercial, Ventas especiales, Comunidades autónomas, Ayuntamiento, Garantía, OMIC,
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¿proteccion del consumidor? ¿garantias? no me hagan reir
Jose Barro (Coruña) | 12 febrero 2010 | 22:52
Tengo un problema similar al tuyo con un reloj, y no comprado en un mercadillo precisamente, sino en una relojeria de personas a las que adem´´as ten´´ia por buenos comerciantes. En materia de consumo hay muchos problemas, los mas evidentes son que practicamente no hay sanciones efectivas, que el acogimiento al arbitraje es voluntario y que la normativa de garantias, desde la Ley del 2003, es un autentico fraude (cualquiera que tenga un poco de idea, sabe que,aunque nominalmente las garantias sean de dos años, en relidad, hacerlas valer pasados 6 meses es poco menos que imposible, luego vienen otras lindezas como los cambios que no proceden si la falta de conformidad es "de escasa entidad", los plazos "razonables" para las reparaciones y otras maravillas). Sumadas estas circunstancias el resultado es desolador: practicamente dependemos de la buena voluntad del vendedor para conseguir que se nos cambie un producto defetuoso. Aunque hay diferencias notables, en general, las denuncias ante los organismos de "protecci´´on de consumidores" de las comunidades autonomas contra establecimientos no acogidos a arbitraje son ganas de perder el tiempo (ni siquiera te comunican si se ha impuesto una sanci´´on porque t´´ecnicamente eres "denunciante" no "interesado en el procedimiento". Si el que te vendio el reloj no tiene licencia de venta ambulante, una amenaza con denunciarlo no ante cosumo, sino ante el Ayuntamiento, puede obrar maravillas

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