Publicidad Publicidad Añoranza de Guerra de Blanco Corredoira  
  Consumoteca, consumidores bien informados
¿Qué es Consumoteca?

Qué es Consumoteca

¿Qué es Consumoteca?
Sube tus contenidos

Blog de consumo

Sube tus contenidos
Consume bien informado   Consume bien informado
 
Blog |  Índice A-Z
 
     
  en Buscar  
   
  Top búsquedas
Pago contra-reembolso, Microorganismo patógeno, Principio activo, Enfermedad transmisible, Cartera de clientes, Concesión administrativa, Daño emergente,
     
  Estás en > Inicio > Comercio > Academias de formación
 

Alimentación

Bienestar y salud

Casa y jardín

Comercio

Economía familiar

Electrodomésticos

Electrónica

Familia y Consumo

Motor

Ocio y Deporte

Profesionales

Servicios Públicos

Suministros

Telecomunicaciones

Transporte

Turismo y viajes

 

Etiquetas

 
   



  Casos vividos Publicado el 2/10/2009 - 22:39  

Reclama a una academia de formación por no notificarle las fechas de la oposición

Por María  |    Colabora |    370 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

El colegio arbitral estimó parcialmente las pretensiones de la usuaria

Alumnos de una academia de formación

La reclamante firmó un contrato con una academia para preparar oposiciones al Ayuntamiento de su ciudad, pagando por el curso 1.635 euros.

Eligió el centro porque el folleto informativo prometía avisar de la convocatoria de oposiciones con tiempo suficiente a través de mensajes al móvil cosa que no hizo.

La usuaria, habiendo perdido la convocatoria, reclamó a través del arbitraje de consumo la devolución del dinero alegando que la academia no le avisó de la publicación de tal convocatoria y que, por lo tanto, no pudo presentarse a ella.

Los responsables de la academia, que fueron citados por el colegio arbitral para que dieran su versión de los hechos, rechazaron la petición de la reclamante de recuperar el dinero de la matrícula argumentando que sí se avisó a la alumna con tiempo suficiente, si bien no pudieron aportar ninguna prueba de tal notificación durante el proceso arbitral.

El colegio arbitral estimó parcialmente las pretensiones del cliente y dictó un laudo por el cual la academia debió abonar la cantidad de 1.000 euros a la alumna en concepto de compensación, ya que el centro no pudo demostrar la emisión del aviso de la convocatoria.


etiquetas: Academia de formación, Colegio arbitral, Arbitraje de Consumo, Laudo arbitral,
lecturas relacionadas:
Casos vividos en academias de formación
Todo lo publicado en Consumoteca sobre academias de formación, e-learning y formación a distancia


  Comentarios de más a menos recientes    Ver todos
    Sé el primero en comentar esta entrada

Añade tu comentario
 
Por favor escribe un comentario relacionado con esta palabra. Por respeto a los internautas no utilices palabras malsonantes, no difames, no faltes al respeto. Esta web se reserva el derecho a borrar los comentarios no relacionados, burdamente promocionales o ilícitos.
tu nombre: tu ciudad (si es fuera de España pon país):
tu e-mail: tu título:
tu comentario:
Para evitar el spam, por favor escribe en la ventana amarilla las siguientes dos palabras de forma literal, o pulsa en el icono de las dos flechitas para generar otras dos palabras distintas.
Deseo recibir una alerta de seguimiento por cada nuevo comentario.
He leido y acepto las condiciones para hacer comentarios
 


 

Newsletter

 
 
Enviar Formulario
Servicio ofrecido por FB
 
 

Blog

 
   

Se comenta...

guillermo en carnet de manipulador de alimentos
karina en enseñanza reglada
Ver todos


 
 
  © Consumoteca, 2009-2011 Quiénes somos | Aviso legal | Colabora | Publicidad | Prensa | Contacto   Twitter Facebook  
  Consumoteca.com y los contenidos de esta página son meramente informativos, limitados al ámbito del Estado español y no constituyen asesoramiento jurídico frente a un problema de consumo. Recomendamos recurrir a las instituciones de defensa de los consumidores para solucionar problemas concretos.