Enseñanza reglada

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Estudiante colegio instituto

En materia de educación, la formación o enseñanza reglada es la que se imparte en centros públicos o privados de enseñanza (universidades, academias oficiales de formación) de forma presencial, a distancia (e-Learning) o mixta (blended), cuyo resultado para el alumno es la obtención de un título con validez académica.

La enseñanza reglada se diferencia de la no reglada en la validez de la titulación a que da derecho. Se trata de una enseñanza prevista por el sistema educativo de un país dentro de su plan de estudios.

El problema de la formación a distancia

Cada vez son más frecuentes los casos en los que el usuario contrata un curso online, paga por adelantado a la escuela o academia de formación y una vez va accede a los contenidos del curso, comprebar atónito como éstos son de escasa calidad o no cumplen con sus expectativas.

Es entonces cuando el usuario quiere devolver el curso y que la escuela le retorne el dinero entregado. Pero no es fácil. Se trata simplemente de que el alumno ejerza su derecho de desistimiento de la formación contratada con todas las garantías, pero muchas veces aquí empieza una carrera de obstáculos para el consumidor.

Etapas educativas en España

Las etapas educativas por las que se pasa en España, de forma reglada son las siguientes:

  • Educación infantil: es la etapa educativa que va desde los 0 a los 6 años.
  • Educación Primaria: es la etapa de educación obligatoria que va desde los 6 a los 12 años.
  • Educación Secundaria Obligatoria (ESO): es una etapa de educación obligatoria que va de los 12 a los 16 años.
  • Bachillerato: es un segundo nivel de educación secundaria de carácter voluntario. Se cursa, generalmente, entre los 16 y los 18 años.
  • Formación Profesional: son enseñanzas voluntarias de hasta 26 familias profesionales.
  • Enseñanzas universitarias: son ya un nivel de enseñanza voluntario al que habitualmente se accede a partir de los 18 años.

Otras formaciones regladas son las universidades de adultos, las enseñanzas deportivas, las enseñanzas artísticas y las escuelas de idiomas.

Fuente: elaboración propia y Ministerio de Educación.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 6 comentarios

  1. Sonia V.

    Quiero aplicar para estancia por estudios en grado medio, en Valencia o sus alrededores,que me pueden recomendar, gracias. Desde Colombia.Un abrazo amigos

  2. Lucia

    Una escuela municipal de idiomas sería reglada o no reglada?

  3. Pedro

    Excelente post. Aunque además de conocer bien sobre la información reglada, es recomendable conocer también sobre las leyes de educación, por aquí les dejo más información que seguro que es de utilidad para más de uno: https://www.appf.edu.es/que-es-la-lomloe/

  4. Miguel

    Las autoescuelas en Castilla y Leon tienen obligacion de tener hojas de reclamciones?

    1. Consumoteca

      La respuesta es que sí Miguel

      La normativa de Castilla y León vigente es el Decreto 109/2004, de 14 de octubre, por el que se regulan las Hojas de Reclamaciones de los Consumidores y Usuarios.

      Si artículo 2 dice así:

      Las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas, establecimientos o profesionales, que comercialicen bienes, productos o presten servicios directamente a los consumidores y usuarios en el territorio de Castilla y León, tendrán a disposición de éstos las hojas de reclamaciones reguladas en el presente Decreto.

      Te dejo un enlace:
      https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Tramite/1285034647013/Tramite

      Un saludo

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