La subrogación hipotecaria nos puede perjudicar económicamente
En el caso de subrogación en un préstamo hipotecario, si la persona sustituida es el acreedor, una nueva entidad bancaria o de crédito sustituirá a la primera, con el derecho a que le reembolsen la cantidad debida en ese momento, en las mismas condiciones que se habían pactado; si la persona que se sustituye es el cliente, vendrá obligado a pagar el capital pendiente en las condiciones pactadas.
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