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  Guías prácticas Publicado el 4/05/2010 - 23:19  

Qué debe incluir el folleto informativo de un aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles

Por Belén  |    Colabora |    876 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Tienes derecho a pedir al promotor de tiempo compartido un folleto informativo

Aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles, tiempo compartido o multipropiedad

El aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles (tiempo compartido o, mal llamado, multipropiedad) es un derecho que atribuye a su titular la facultad de disfrutar en exclusiva de un alojamiento  turístico amueblado así como disfrutar de los servicios complementarios de los que disponga por un periodo de tiempo concreto al año.

Folleto informativo
Por Ley*, con carácter previo a la firma del contrato, el usuario tiene derecho a solicitar al propietario o promotor de un derecho de aprovechamiento por turnos un documento o folleto informativo que está obligado a editar, de acuerdo con la normativa que, en su caso, apruebe la Comunidad Autónoma competente en materia de consumo.

El folleto informativo será gratuito y tendrá el carácter de oferta vinculante, es decir, su contenido es de obligado cumplimiento y por tanto, será exigible por el consumidor al promotor o propietario del inmueble que se comercialice por este régimen.

Registro de la Propiedad
El folleto informativo deberá haber sido registrado en el Registro de la Propiedad correspondiente, y en él se mencionarán los siguientes extremos:

 Nombre y domicilio del propietario o promotor y de cualquier persona física o jurídica que participe profesionalmente en la transmisión o comercialización de los derechos de aprovechamiento por turno.

 La naturaleza real o personal de los derechos que van a ser objeto de transmisión, con indicación de la fecha en que se ha de extinguir el régimen.

 Descripción precisa del inmueble y de su situación, y de si la obra está concluida o se encuentra en construcción.

 Los servicios comunes de que dispone el inmueble así como de los que pueda disfrutar el adquirente, con indicación de la fase en que se encuentran y las condiciones de tal disfrute, así como de las instalaciones de uso común a las que el titular podrá tener acceso y, si procede, condiciones para ese acceso, con indicación expresa de su cuota o cómo se determina.

 Nombre de la empresa de servicios que se hará cargo de la administración, con expresión de su denominación y sus datos de inscripción en el Registro Mercantil.

 Precio medio de los derechos de aprovechamiento por turno y precio de los que lo tengan más alto; las cargas legalmente obligatorias, como contribuciones o exacciones fiscales entre otras; los gastos anuales o su estimación, por ocupación del inmueble, por utilización de las instalaciones y servicios comunes, así como los derivados de la administración, conservación y el mantenimiento del alojamiento y elementos comunes, con indicación del procedimiento de cálculo de las futuras anualidades.

Se expresará que la adquisición de los derechos de aprovechamiento por turno no supondrá desembolso, gasto u obligación algunos distintos de los mencionados en el contrato.

 Información sobre el número de alojamientos susceptibles de aprovechamiento por turno y del número de turnos por alojamiento.

 Información sobre los derechos de desistimiento y de resolución unilateral que tendrá el adquirente, expresando el tiempo de que dispondrá, según esta Ley, para ejercitarlo, que no tendrá a su cargo ningún gasto por el ejercicio del mismo, e indicación de la persona y domicilio a quien deberá comunicarse, si se ejercita. Si la obra está en construcción, indicación del aval o del seguro constituido para garantizar la terminación de la misma.

 Si existe o no la posibilidad de participar en un sistema de intercambio y, en caso positivo, el nombre, denominación o la razón social del tercero que se va a hacer cargo del servicio.

Número total de socios afiliados al programa de intercambio, así como el número de regímenes que participan en dicho programa y una reseña general sobre el funcionamiento del sistema. El documento expedido por la sociedad de intercambio se incorporará y formará parte integrante del documento informativo.

 Si existe la posibilidad de participar en un sistema organizado para la cesión a terceros del derecho objeto del contrato y, caso de que dicho sistema esté organizado por el propietario o promotor, por sí o por medio de cualquier otra persona física o jurídica que se dedique profesionalmente a la transmisión de derechos de aprovechamiento por turno, indicación de los posibles costes de dicha cesión.

 Información detallada de los teléfonos y las direcciones donde el consumidor se puede informar de sus derechos, tales como: Oficinas de turismo, Instituto Nacional de Consumo, Organismos de las comunidades autónomas competentes en materia de turismo y consumo, Oficinas municipales de consumo, Registradores de la propiedad, Notarios, etc.

 Poner a disposición de las personas a quienes proponga la celebración del contrato, un inventario completo de todos los muebles, instalaciones y ajuar con que cuente el alojamiento y en el que conste el valor global del mismo.

 Indicar los datos de inscripción del régimen en el Registro de la Propiedad, expresando la titularidad y cargas del inmueble, advirtiendo que aquél debe consultarse a efectos de conocer la situación jurídica de la finca y el íntegro contenido del régimen de aprovechamiento por turnos.

Todo el contenido del documento informativo deberá incorporarse y formar parte integrante de un contrato.

* Ley 42/1998, de 15 diciembre, sobre derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico y normas tributarias (artículo 8. Información general).


etiquetas: Aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles, Contrato, Derecho de desistimiento, Derecho de resolución, Derechos reales, Folleto informativo, Junta Arbitral de Consumo, Multipropiedad, Nota simple informativa, Notario, Oferta vinculante, Precio, Programa de intercambio, Registro de la Propiedad, Registro Mercantil, Reparación, Tiempo compartido,
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