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El aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles es un derecho que atribuye a su titular la facultad de disfrutar en exclusiva de un alojamiento turístico amueblado así como disfrutar de los servicios de los que disponga por un periodo de tiempo concreto al año.
En vía extrajudicial Si como usuario consideras vulnerados tus derechos, puedes reclamar ante los siguientes Organismos que pueden sancionar aquellas prácticas que vulneren la normativa de consumo, pudiendo dirigirse para ello:
A las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) situadas en el Ayuntamiento en el que residas;
A la Dirección General de Consumo de tu Comunidad Autónoma;
Al Instituto Nacional de Consumo (INC)
Arbitraje de consumo Así mismo, si la empresa promotora del tiempo compartido está adherida al Sistema Arbitral de Consumo se puede iniciar el procedimiento arbitral ante las Juntas Arbitrales de Consumo.
Como hemos dicho muchas veces en Consumoteca, este tipo de procedimiento es gratuito y voluntario para las partes que han de decidir libremente, si desean someterse a la decisión (laudo) que la Junta Arbitral pueda tomar ya que es de obligado cumplimiento.
La Junta Arbitral realiza una mediación previa con la empresa reclamada ante la posibilidad de que las partes concilien sus posturas antes del arbitraje mismo.
Si esta mediación resulta negativa se convocará a las partes a una vista arbitral, que podrá ser oral o escrita y ante la que adoptarán una decisión que se denomina Laudo Arbitral y que será comunicada para su cumplimiento. Esta resolución tiene la misma eficacia que una sentencia firme, es decir que no podrá ser recurrida. Cualquiera de las partes podrá exigir su cumplimiento solicitando su ejecución en vía judicial.
Para solicitar este tipo de procedimiento, el usuario se puede dirigir a:
La Junta Arbitral de Consumo Nacional
Instituto Nacional del Consumo Calle Príncipe de Vergara, 54 Madrid (28006) MADRID
Tlf: 918224418, 918224455, 918224494 Fax: 91578036
Las Juntas Arbitrales de Consumo Autonómicas;
Las Juntas Arbitrales de Consumo Provinciales;
Las Juntas Arbitrales de Consumo de Mancomunidad;
Las Juntas Arbitrales de Consumo de ámbito municipal.
En vía judicial El procedimiento a seguir dependerá de lo que se pretenda reclamar ante el promotor o transmitente del derecho de aprovechamiento por turnos, siendo recomendable ponerse en manos de un abogado. |