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  Guías prácticas Publicado el 30/01/2010 - 01:03  

Qué es la Inspección Técnica de Edificios ITE y para qué sirve

Por Eva María  |    Colabora |    1948 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Las ITEs analizan, entre otros, los elementos que pudieran suponer un peligro para la vía pública

Inspección Técnica de Edificios ITE

En materia de vivienda y de seguridad de las construcciones, la Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una certificación (acta oficial) que se obtiene sobre el estado de seguridad de un edificio, sea cual sea el uso que se le dé al mismo, una vez pasados un número de años tras su construcción.

Características
Las ITE:

 son periódicas,

 son obligatorias para los propietarios de las viviendas,

 dependen de la antigüedad y de la catalogación del edificio, y

 aseguran que los edificios están bien mantenidos y que no hay riesgos de inseguridad de la construcción para sus moradores o los demás ciudadanos.

En función de la catalogación de una edificación y de su antigüedad, la ITE podrá ser más frecuente (cada diez años cuando el edificio tiene más de 20 años en Madrid).

Quién hace la inspección y qué revisa
Las normativas municipales prevén que sean profesionales cualificados los que hagan las ITEs (arquitectos superiores).

Las inspecciones técnicas que efectúen estos profesionales tendrán como mínimo el siguiente contenido, que se expresa en un formulario de inspección que hay que pasar:

 Estado general de la estructura y cimentación,

 Estado general de las fachadas interiores, exteriores y medianeras del edificio, en especial de los elementos que pudieran suponer un peligro para la vía pública (petos de terrazas, placas, fisuras, humedades, etc.),

 Estado general de conservación de cubiertas y azoteas,

 Estado general de fontanería y la red de saneamiento del edificio.

La empresa que realice la ITE entregará a la comunidad de propietarios el acta de la inspección, sea cual sea su estado (favorable o desfavorable). Si fuera desfavorable, el Ayuntamiento enviará a sus inspectores quienes exigirán a la comunidad por medio de un “expediente” o boletín de denuncia, la reparación de las deficiencias encontradas, dándole un plazo de unos meses para que lo haga.

Acta de inspección técnica
El resultado del trabajo de inspección de estos profesionales da lugar al levantamiento de un “acta de inspección técnica” que puede ser:

 favorable: el edificio ha pasado el formulario de inspección,

 desfavorable: el acta subrayará las deficiencias detectadas en la edificación, y
cuando la comunidad la entregue al departamento de urbanismo de su municipio, este dará un plazo a los propietarios para que realicen las obras de reparación necesarias para subsanarlas.

Registro de edificios
Las ordenanzas municipales prevén la creación de Registros públicos donde se centralizan los resultados de todas las actas de inspección de las ITEs de los edificios.

Esto incluye información sobre el edificio en cuestión, su situación, su fecha de construcción (o  año aproximado), las inspecciones técnicas realizadas y su resultado así como las obras de rehabilitación habidas.

Para los usuarios estos Registros son muy interesantes si tenemos la intención de comprar una vivienda en un edificio de más de veinte años.

Exenciones
Las Ordenanzas municipales que regulan la Inspección Técnica de Edificios suelen exonerar de la obligación de pasar una ITE a las edificaciones en trámite de demolición, a aquellas con declaración firme de ruina, y a los edificios ocupados por “personas jurídico públicas, representaciones diplomáticas y organismos internacionales”.


etiquetas: Administrador de fincas, Arras, Nota simple informativa, Registro de la Propiedad, Vivienda,
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