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Un Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API) es un profesional que, entre otros, ofrece servicios de intermediación entre el comprador y el vendedor de una finca, durante su compraventa a cambio de una comisión sobre una o las dos partes por sus servicios.
Los APIs prestan servicios de mediación, asesoramiento y gestión en transacciones inmobiliarias (compraventa, alquiler, permuta o cesión de bienes inmuebles) a particulares, empresas y otras instituciones como los Registros Públicos, la Administración del Estado y los Juzgados y los Tribunales de Justicia.
Los APIs tienen una titulación oficial otorgada por el Ministerio de Vivienda y se reconocen por exhibir su logotipo característico:

Los APIs están sujetos en España al Real Decreto 1294/2007, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y de su Consejo General.
Administradores de fincas No hay que confundir a los APIs con la figura del administrador de fincas, persona encargada de gestionar, a petición de los propietarios de una finca (Comunidad de Propietarios), los asuntos financieros, legales y técnicos que sean necesarios para el mantenimiento y gestión económica de la misma, con arreglo a la normativa de vivienda. |