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Los productos milagro (técnicamente productos con pretendida finalidad sanitaria) son aquellos que alegan disponer de una pretendida finalidad sanitaria, incumpliendo las exigencias de veracidad, claridad e información sobre su contenido, composición, naturaleza o efectos.
En la década de 1990 surgieron en España como setas cientos de productos milagro que fueron denunciados por las asociaciones de consumidores. A resultas de este clamor consumerista, se aprobó en 1.996 un Real Decreto* para luchar contra estos productos.
Actuación de los poderes públicos Las administraciones públicas tienen el deber de salvaguardar y proteger nuestra salud y seguridad como personas. En concreto, para luchar contra los productos milagro disponen de herramientas legales para:
exigir que se cumpla la normativa sanitaria (leyes del medicamento, de sanidad, etc.);
establecer prohibiciones o limitaciones a la publicidad y promoción de los productos que constituyan un riesgo para la salud de los consumidores;
promover acciones de cesación o rectificación de la actividad de las empresas que promueven los productos milagro y los medios de comunicación que las difundan.
Limitaciones de los poderes públicos Sin embargo, en países donde impera la libertad de empresa, las administraciones públicas tienen limitaciones y dificultades para proteger nuestros intereses.
La principal es que suelen (pueden) actuar sólo cuando está en riesgo nuestra salud, olvidándose de nuestros intereses económicos cuando, no habiendo riesgo para la salud, sí hay un fraude al consumidor.
* Real Decreto 1.907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria. |