Publicidad Publicidad Añoranza de Guerra de Blanco Corredoira  
  Consumoteca, consumidores bien informados
¿Qué es Consumoteca?

Qué es Consumoteca

¿Qué es Consumoteca?
Sube tus contenidos

Blog de consumo

Sube tus contenidos
Consume bien informado

Foro de consumo

Consume bien informado
 
Foro |  Blog |  Índice A-Z
 
     
  en Buscar  
   
  Top búsquedas
Pago contra-reembolso, Principio activo, Microorganismo patógeno, Enfermedad transmisible, Concesión administrativa, Cartera de clientes, Daño emergente,
     
  Estás en > Inicio > Bienestar y salud > Medicamentos
 

Alimentación

Bienestar y salud

Casa y jardín

Comercio

Economía familiar

Electrodomésticos

Electrónica

Familia y Consumo

Motor

Ocio y Deporte

Profesionales

Servicios Públicos

Suministros

Telecomunicaciones

Transporte

Turismo y viajes

 

Etiquetas

 
   



  Guías prácticas Publicado el 29/11/2009 - 00:32  

Análisis de los medicamentos publicitarios en España

Por Redacción  |    Colabora |    1467 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Los medicamentos publicitarios no requieren ni el diagnóstico ni una receta de un médico

La aspirina es un medicamento publicitario

Un medicamento publicitario (también conocido como Especialidad Farmacéutica Publicitaria, o por sus siglas EFP), es aquel para cuya compra no es necesario ni un diagnóstico previo de un médico ni tampoco una receta médica (prescripción facultativa).

Los medicamentos publicitarios están destinados a la prevención, alivio o tratamiento de patologías que no requieren diagnóstico del médico ni prescripción y se llaman “publicitarios” porque la Ley permite que se haga de ellos publicidad directa destinada al consumidor.

Patrones de uso de medicamentos publicitarios
Según el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, un 60% de la población española consume estos medicamentos que no requieren prescripción médica, la mayoría aconsejada por el farmacéutico (39%) o basándose en su experiencia personal previa (aproximadamente un 69%).

El gasto en automedicación per cápita en Europa en 2007 era de unos 35 euros, con Suiza, Alemania e Irlanda a la cabeza, con un gasto cercano a los 50 euros y España, con un gasto per cápita de 13,5 euros, muy por debajo.

El mercado de los medicamentos publicitarios en España en 2007 estaba constituido por 1.109 formatos comerciales, suponiendo el 9,5% de los 11.693 formatos que constituyen el total de los medicamentos de origen industrial actualmente dispensables en oficinas de farmacia (excluyendo, por tanto, a los envases clínicos y a las presentaciones hospitalarias).

En cuanto al número de principios activos contenidos en las EFP, rondaba en 2007 los 300, frente a los aproximadamente 2.200 disponibles en el conjunto de todos los medicamentos de uso humano.

Cuáles son los medicamentos publicitarios más publicitados
La estructura de la oferta de medicamentos genéricos en España muestra que los productos más comunes son:

 medicamentos para la terapia dermatológica (24,8% del total de formatos comerciales de EFP);

 medicamentos para el aparato digestivo y metabolismo (23,7%);

 medicamentos para aparato respiratorio (21,6%);

 medicamentos para el sistema nervioso (13,3%).

Cuáles son los medicamentos publicitarios más consumidos
En cuanto a los consumos por diferentes grupos terapéuticos, los medicamentos publicitarios más dispensados fueron en 2007:

 los medicamentos para el aparato respiratorio,

 los analgésicos,

 los antiinflamatorios no esteroídicos (AINE)

 los medicamentos para el aparato digestivo.

Cosas a recordar
El Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos recuerda en su página web dos cosas a tener en cuenta:

 que “desde el punto de vista sanitario sólo existe un tipo de medicamento, y no debemos caer en el error de distinguir entre especialidades publicitarias y no publicitarias (la diferencia entre medicamentos con y sin receta es exclusivamente administrativa)”, y

 que “es muy importante no olvidar que los medicamentos publicitarios son, a todos los efectos, medicamentos. Por ello, deben ser utilizados con todas las precauciones y condiciones que en cada caso se requieren”.

 que en este tipo de medicamentos “sin receta”, el farmacéutico se convierte en el único profesional sanitario que se relaciona con el paciente antes de que éste utilice el medicamento.

De ahí la importancia de pregunte siempre al farmacéutico, quien nos informará sobre la eficacia, posología y forma de administrar estos medicamentos publicitarios.

Fuente:
Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos
http://www.portalfarma.com


etiquetas: SIGRE, Medicamento, Medicamento genérico, Medicamento publicitario, Medicamento de diagnóstico hospitalario, Principio activo, Excipiente, Oficina de farmacia, AEMPS,
lecturas relacionadas:
Cómo funciona la recogida selectiva de medicamentos SIGRE
Consejos para gestionar responsablemente un botiquín farmacéutico casero


  Comentarios de más a menos recientes    Ver todos
    Sé el primero en comentar esta entrada

Añade tu comentario
 
Por favor escribe un comentario relacionado con esta palabra. Por respeto a los internautas no utilices palabras malsonantes, no difames, no faltes al respeto. Esta web se reserva el derecho a borrar los comentarios no relacionados, burdamente promocionales o ilícitos.
tu nombre: tu ciudad (si es fuera de España pon país):
tu e-mail: tu título:
tu comentario:
Para evitar el spam, por favor escribe en la ventana amarilla las siguientes dos palabras de forma literal, o pulsa en el icono de las dos flechitas para generar otras dos palabras distintas.
Deseo recibir una alerta de seguimiento por cada nuevo comentario.
He leido y acepto las condiciones para hacer comentarios
 


 

Newsletter

 
 
Enviar Formulario
Servicio ofrecido por FB
 
 

Blog

 
   

Se comenta...

hugo martin en p.activo
vanesa en recetas
Ver todos


 
 
  © Consumoteca, 2009-2011 Quiénes somos | Aviso legal | Colabora | Publicidad | Prensa | Contacto   Twitter Facebook  
  Consumoteca.com y los contenidos de esta página son meramente informativos, limitados al ámbito del Estado español y no constituyen asesoramiento jurídico frente a un problema de consumo. Recomendamos recurrir a las instituciones de defensa de los consumidores para solucionar problemas concretos.