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  Guías prácticas Publicado el 24/01/2010 - 12:00  

Las fechas de caducidad y de consumo preferente de un alimento: diferencias

Por Eva Tamames  |    Colabora |    2468 Vistas |    0 Comentarios  |  Twitter Facebook

Los productos muy perecederos tienen fecha de caducidad

Producto muy perecedero con fecha de caducidad

La normativa de etiquetado de los alimentos*, define y distingue entre los conceptos de "fecha de caducidad" y el de "fecha de consumo preferente" de un alimento, según la duración del producto.

La regla general
Como regla general, los alimentos deben informar de su fecha de duración mínima (o en su caso de la fecha de caducidad), además de diversos datos según la duración del producto, pero siempre precedida de alguna de las frases siguientes:

Consumir preferentemente antes del ...
(cuando la fecha incluya la indicación del día)

o

Consumir preferentemente antes del fin de...,
(en los demás casos)

Productos con duración superior a 18 meses
Los productos con duración superior a 18 meses (por ejemplo, muchas conservas) llevan la mención (entre paréntesis el campo año):

“Consumir preferentemente antes del fin de [año]”

Productos con duración superior a 3 meses e inferior a 18 meses
Los productos con duración superior a 3 meses e inferior a 18 meses llevan esta mención, con los campos mes y año:

 “Consumir preferentemente antes del fin de [mes / año]”

Productos con duración inferior a 3 meses
Los productos con duración inferior a 3 meses llevan una de estas dos menciones, con los campos día y mes:

“Consumir preferentemente antes del [día / mes]”

Productos muy perecederos
En productos muy perecederos como quesos frescos, leche pasterizada, etc. se cambiará la terminología de "Fecha de consumo preferente" por la de:

“Fecha de caducidad: [día / mes / año]”

La fecha consistirá en la indicación clara según este orden: día, mes y, eventualmente, año.

Productos excluidos de la obligación de mostrar una fecha de caducidad
Se excluyen de esta obligación de citar el marcado de fechas las siguientes categorías de productos:

-Frutas y hortalizas frescas,
-Vinos y bebidas con más de 10% en alcohol,
-Bebidas refrescantes,
-Panadería diaria,
-Los vinagres,
-La sal de cocina,
-Los azúcares en estado sólido
-Algunos productos de confitería,
-Gomas de mascar y
-Las porciones individuales de helado.

*Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, (Artículo 11, Marcado de fechas).


etiquetas: Fecha de duración mínima, Fecha de consumo preferente, Fecha de caducidad, Etiquetado de los alimentos, Registro general sanitario de alimentos, Alimento,
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yesenia en consumir preferentemente
jose en muy bueno esto
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