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Un aditivo alimentario es para el Código Alimentario Español, "aquella sustancia que puede ser añadida intencionadamente a los alimentos y bebidas con el fin de modificar sus caracteres, sus técnicas de elaboración o conservación o para mejorar su adaptación al uso al que son destinados".
Los aditivos se utilizan para mejorar alguno de los atributos de un alimento, como son el tiempo de conservación, la mejora de su sabor, de su color, de su textura, etc., y se nombran mediante un código de una letra seguida de tres cifras, siendo la primera la que hace referencia al tipo de aditivos.
Definición legal Otra definición de aditivo es la del Reglamento (CE) 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios, que define al aditivo como toda sustancia que normalmente no se consuma como alimento en sí misma ni se use normalmente como ingrediente característico de los alimentos, tenga o no valor nutritivo, y cuya adición intencionada -con un propósito tecnológico- a un alimento durante su fabricación, transformación, preparación, tratamiento, envasado, transporte o almacenaje tenga por efecto, o quepa razonablemente prever que tenga por efecto, que el propio aditivo o sus subproductos se conviertan directa o indirectamente en un componente del alimento.
Hay cuatro tipos de aditivos: colorantes, conservantes, antioxidantes y estabilizantes.
Fuente: Elaboración propia y https://www.aesa.msc.es |